Las personas toleradas siempre necesitan el permiso del Registro de Extranjeros para aceptar un empleo. También suele ser necesaria la autorización de la Agencia Federal de Empleo.
No es posible trabajar por cuenta propia.
También puede ser necesario un permiso de trabajo para la formación .
Las personas toleradas necesitan un permiso de trabajo de la autoridad de extranjería para poder ser contratadas. Está sujeto a un compromiso del empleador. Por lo tanto, se requiere previamente una oferta de trabajo concreta. Por regla general, también debe obtenerse la autorización para trabajar de la Agencia de Empleo.
Las personas toleradas que se ven obligadas a vivir en un centro de acogida deben poder trabajar al cabo de seis meses. En caso contrario, se les debería permitir trabajar después de sólo tres meses. Sin embargo, esto sólo se aplica si no se han iniciado medidas específicas para poner fin a la estancia. La autoridad de extranjería tiene un margen de discrecionalidad.
Si quiere hacer un programa de formación en la empresa, necesita un permiso de trabajo. Se aplican las mismas normas que para acceder a un empleo.
Sin embargo, no necesita permiso de trabajo para la formación profesional en la escuela. No necesita obtener un permiso de la Oficina de Registro de Extranjeros.
Se prohíbe trabajar a una persona tolerada procedente de un país de origen denominado seguro si no ha solicitado asilo o su solicitud de asilo ha sido rechazada o retirada, a menos que la retirada se haya realizado tras recibir asesoramiento de la BAMF. Entre los países de origen seguros figuran actualmente Albania, Bosnia-Herzegovina, Georgia, Ghana, Kosovo, Macedonia del Norte, Montenegro, República de Moldavia, Senegal y Serbia, además de los países de la Unión Europea. Los Estados se enumeran en el anexo II de la Ley de Asilo. Se consideran seguros porque, en opinión del Estado alemán, no hay persecución política ni penas o tratos inhumanos o degradantes.
NOTA: La prohibición de trabajo no se aplica a las personas de la República de Moldavia y Georgia que fueron toleradas en Alemania antes del 1 de septiembre de 2023.
Además, la prohibición de trabajo se aplica a
Personas toleradas cuya identidad no esté clara.
Personas toleradas cuya expulsión no es posible por razones de las que son responsables, por ejemplo, porque no se esfuerzan por obtener un pasaporte válido.
Personas toleradas que sólo han entrado en el país para recibir prestaciones sociales.
El permiso de trabajo se solicita a la autoridad de extranjería . Debe existir ya una oferta de un puesto concreto, ya sea una plaza de formación, unas prácticas o un empleo. Puede solicitarlo la propia persona tolerada o con autorización del empleador. El empleador debe presentar una declaración sobre la relación laboral del empresario. En caso de prácticas, basta con el contrato de prácticas.
A continuación, la autoridad de extranjería comprobará si existen motivos para la prohibición de trabajar. En caso afirmativo, no se puede autorizar el empleo.
En caso contrario, obtendrá la aprobación de la Agencia Federal de Empleo. Esta agencia comprueba si las condiciones de trabajo son las mismas que para los nacionales alemanes. Si está de acuerdo con el empleo, la autoridad de extranjería expide el permiso de trabajo. Este se consigna en el certificado de tolerancia.
A partir del mes 49 de residencia en Alemania, ya no es necesaria la autorización de la Agencia Federal de Empleo.
Las personas toleradas cuya identidad no se haya aclarado y de las que no quepa esperar razonablemente que contribuyan a su aclaración están sujetas a la obligación de residencia y a la prohibición de trabajar. Su estatus puede rectificarse en cualquier momento aclarando su identidad.
Quien no tenga pasaporte o tenga un pasaporte caducado está obligado a obtener un nuevo pasaporte o un pasaporte de sustitución. Si hay razones por las que no se puede cumplir la obligación de cooperar en la obtención de un pasaporte, éstas deben hacerse creíbles a la autoridad de inmigración. En ese caso, ésta podrá dispensar de la obligación de pasaporte.
La identidad no debe acreditarse necesariamente mediante un pasaporte. También pueden presentarse como prueba documentos oficiales del país de origen que contengan características biométricas y datos personales. Puede tratarse, por ejemplo, de un permiso de conducir, un documento oficial de identidad o un certificado de estado civil con fotografía. Si no se pueden obtener, también se pueden considerar como prueba documentos oficiales adecuados del país de origen sin características biométricas, como un certificado de nacimiento, un certificado de matrimonio, un certificado de registro, informes escolares o certificados escolares, si son adecuados para obtener documentos de pasaporte o de sustitución de pasaporte sobre su base.
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